Vigilancia Penitenciaria concede a Del Nido el tercer grado

Vigilancia Penitenciaria concede a Del Nido el tercer grado
Del Nido, a la salida de la cárcel de Huelva. - R.M.
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El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Huelva ha otorgado al abogado y expresidente del Sevilla José María del Nido, que cumple siete años de prisión por un caso de corrupción en Marbella, el tercer grado por la "excelente evaluación global del centro" y su "plena integración familiar, social y laboral".

El tercer grado se le concede a Del Nido tras estimar el recurso formulado por el beneficiario de la medida contra un acuerdo de la Junta de Tratamiento de Huelva de 29 de marzo, según el auto, al que ha tenido acceso Efe.

En la resolución judicial se destaca "su "plena integración familiar, social y laboral" y "la asunción plenamente de su responsabilidad en el delito cometido y el daño causado, afrontando las consecuencias del mismo".

Las consecuencias han sido tanto con el cumplimiento de la pena privativa de libertad (más de 3 años desde su ingreso el 5 de marzo de 2014, de los siete años de condena que le fueron impuestos) como, "mucho menos frecuente y por ello mucho más valorable positivamente a criterio de esta juzgadora, intentando reparar el daño causado".

Del Nido ha intentado, según la jueza, reparar el daño causado "mediante el abono de la elevadísima responsabilidad civil (2.786.607 euros) que le consta, cumpliendo estrictamente (e incluso por adelantado) todos los pagos parciales conforme al calendario de pago fijado por el órgano judicial sentenciador, la Audiencia Provincial de Málaga".

Del Nido ingresó en la cárcel Sevilla 1 de forma voluntaria el 5 de marzo de 2014 tras ser condenado a siete años de prisión por la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga por prevaricación y malversación, aunque en junio de 2014 fue trasladado al centro penitenciario de Huelva.

La jueza señala en la resolución judicial que Del Nido ya ha abonado hasta la fecha más del 75 por ciento, por lo que debe ponerse de relieve que "es de justicia que la reparación del daño causado repercute de forma fundamental y positiva en el trámite de ejecución de la pena para la obtención de beneficios penitenciarios".

La magistrada destaca que no puede tratarse de idéntica forma a aquellos condenados que no manifiestan voluntad reparadora alguna y a los que, como el recurrente, han restituido el bien jurídico protegido (el patrimonio público) mediante la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.

Por todo ello, la juez mantiene que concurren todos los requisitos generales para la clasificación del interno y por ello se estima el recurso que Del Nido formuló y se accede al tercer grado de tratamiento.

De esta manera Del Nido puede incorporarse a sus actividades profesionales y el ejercicio de su profesión de abogado.