Los bares y comercios de Andalucía tendrá que cerrar a las 20:00 horas a partir de este viernes 16 de abril por el agravamiento de la pandemia de coronavirus, unas restricciones de las que se libran las provincias de Málaga, Huelva y Cádiz.
Así lo han acordado los comités de alertas de Salud Pública de alto impacto de cada provincia, la mayoría de las cuales contarán con nuevas restricciones horarias tras una orden publicada por la Consejería de Salud el 8 de abril ante la "crítica situación epidemiológica" de la comunidad.
Además, los comités han elevado de 69 a 98 los municipios andaluces con cierre perimetral durante siete días, y de ellos 33 tendrán también clausurada toda la actividad no esencial por registrar una tasa de incidencia acumulada superior a 1.000, 16 más que la semana pasada.
Granada se convertirá desde este viernes en la provincia andaluza que tendrá el horario de cierre de comercios y actividades no esenciales establecido a las 20:00 horas.
En el mismo nivel están Almería capital, la Sierra de Cádiz, el distrito sanitario Jaén Norte y el área sanitaria Sur de la provincia de Córdoba.
Las mismas restricciones que en Granada se aplicarán a toda la provincia de Sevilla, a la capital cordobesa, al distrito sanitario Guadalquivir de la provincia de Córdoba, al distrito sanitario Jaén Sur y al Condado de Huelva.
Las provincias de Málaga y los distritos de Huelva-Costa, del Norte de Huelva y Cádiz no cambian sus restricciones y los bares podrán cerrar a las 22:30 horas.
Según los datos actualizados del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, Granada cuenta además con la tasa de incidencia de coronavirus más alta de Andalucía, con 391,4 casos, muy por encima de otras provincias andaluzas como Jaén (297,9), Almería (247,3), Huelva (235,6) y Córdoba (233,6).
Málaga es la provincia con menor incidencia, con 117 casos, seguida de Cádiz, con 180, mientras que Sevilla tiene 231, y la media de la comunidad es de 225.
La nueva orden de la Junta regula que los establecimientos comerciales podrán tener un máximo del 60 % de aforo y con distancia de seguridad, y el aforo en hostelería y restauración se limita al 50 % en interior y el cien por cien en las terrazas.
La nueva orden establece un máximo diez personas en velatorios y entierros en el interior y veinte en el exterior y que se limite al 50 % el aforo máximo de ceremonias civiles y religiosas y el de banquetes, donde se permiten hasta 50 personas en interior y 75 en exterior.