El Juzgado de Instrucción Número 9 de Sevilla ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta por un presunto delito de agresión sexual contra el futbolista portugués del Real Betis William Carvalho al descartar que se produjera una relación "inconsentida" entre la denunciante y el investigado según ha informado EFE que ha tenido acceso al auto.
La titular del juzgado que se ha encargado de este caso concluye que "ni los hechos anteriores, ni los coetáneos, ni los posteriores" a los denunciados, que se produjeron en agosto de 2023, "fundamentan la versión de que se produjo una relación inconsentida o con afectación de facultades de la víctima que le impidiera prestar ese consentimiento".
William Carvalho, futbolista del Real Betis con quien tiene contrato hasta el 30 de junio de 2026, tuvo que ir a declarar en calidad de imputado el pasado mes de febrero al juzgado de la capital andaluza cuando fue acusado de una presunta agresión sexual que ahora ha sido archivada.
La jueza resalta que "los dos se conocían con anterioridad y unos meses antes habían ya tenido relaciones, momento a partir del cual, y según relata la propia denunciante, mantiene un contacto vía mensajes, llamadas telefónicas o videollamadas", y que además "acuerdan pasar unos días juntos en Sevilla". William Carvalho se hizo cargo "de todo lo necesario para gestionar billetes de avión y alojamiento, siendo destacable que la propia denunciante afirma en su declaración que se quedó sorprendida de que no se alojaran en su casa, tal era el grado de confianza en la relación que ella al menos presumía en ese momento".
Según el auto, el futbolista la recogió en el aeropuerto y, seguidamente, ambos llegaron juntos al hotel, subieron a la habitación y quedaron con posterioridad para cenar, lo que hicieron en el reservado de un restaurante en compañía de un amigo del investigado y, posteriormente, en un local cercano. Tras ello, el investigado y la denunciante se dirigieron al hotel y subieron a la habitación, resaltando la jueza, que tras ser analiza por un equipo de investigación la denunciante camina "de manera inequívocamente rectilínea".
La jueza detalla que "no hay señales de que la denunciante estuviera afectada en sus capacidades por el consumo de alcohol que se había producido horas antes", y añade que “no había evidencia de manifestación en contra con antelación o de alteración de facultades o enajenación por parte de la denunciante que le impidiera conocer lo que estaba pasando o actuar conforme a dicho conocimiento”. Añadiendo que accedió a la habitación de William Carvalho "sin oposición" y que luego "tampoco dio muestras de sospechar o suponer que se había producido una relación inconsentida a la mañana siguiente, cuando a ninguna de las personas con las que habló, incluido el investigado, les comentó que se había sentido molesta con la relación mantenida".
Para terminar, la magistrada agrega que la denunciante "tenía interés por verlo en todos los contactos posteriores que, vía whatsapp, mantuvo con el investigado", pidiéndole que cambiara el billete para retrasar la vuelta. "Al comprobar la falta de interés del investigado en volver a verla, le comunicó su malestar y decidió después, a su llegada a Ibiza, denunciar los hechos", señala la jueza, que concluye que "ni los hechos anteriores, ni los coetáneos, ni los posteriores" a que ambos estuvieran en dicha habitación "fundamentan la versión de que se produjo una relación inconsentida o con afectación de facultades de la víctima que le impidiera prestar ese consentimiento".