El
Gobierno ha aprobado el
real decreto para regular la publicidad audiovisual de las
apuestas en línea y juegos de azar, que prohíbe los anuncios fuera del horario
de la una a las cinco de la mañana y prevé multas para los operadores de hasta
un millón de euros y la suspensión de la actividad empresarial. Éstas son algunas de las premisas de este real decreto, que, según ha señalado el ministro de Consumo,
Alberto Garzón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, "pone fin a la ley de la selva" que ha regido el sector de la publicidad audiovisual de los operadores del juego hasta ahora.
Una norma con la que, según Garzón, el Gobierno da respuesta a una
alarma social que se había generado "de forma
justificada" y con el que se pretende proteger la salud de la población más vulnerable, los menores, los jóvenes y las personas con patología de adicciones. El nuevo texto se refiere a la publicidad en televisión y radio del juego en
internet que la limita a ese tramo de la madrugada. La publicidad en
prensa escrita no especializada sólo está permitida en aquellos casos en los que la edición es exclusivamente
autonómica y la norma de esa comunidad no lo impide. En la práctica, según fuentes de Consumo, la
mayoría está prohibida porque hay leyes autonómicas que prohíben ese tipo de publicidad.
La norma aprobada este martes, que entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (
BOE), contempla que los
clubes deportivos no podrán exhibir publicidad de operadores del juego en sus
equipaciones, al igual que tampoco lo podrán promocionar las personas "famosas", y prohíbe la emisión de bonos promocionales para la captación de clientes. Respecto a los contratos
en vigor que tienen clubes deportivos con casas de apuestas el ministro explicó que "tendrán una
transitoriedad de una temporada deportiva, hasta
agosto del año que viene para extinguirse" y que, "a partir de entonces, no podrán ser
renovados.
Es un plazo
razonable a instancias del Consejo de Estado que permite a los operadores de juegos de apuestas y las empresas vinculadas a estos contratos tener un tiempo suficiente
adaptar sus relaciones comerciales y garantizar la
viabilidad económica de las unidades afectadas", dijo.
Según la normativa, las empresas únicamente podrán dirigir sus
ofertas a clientes registrados y
verificados y, en ningún caso, a personas que hayan mostrado comportamientos
patológicos en la actividad del juego; para ello se establecen nuevas
obligaciones a los operadores para fortalecer el control de acceso al mercado de las apuestas. Los incumplimientos serán del tipo grave y los operadores del juego podrán ser sancionados con multa de entre
100.000 y un millón de euros y con la
suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de
seis meses.
El nuevo texto ajusta además el contenido de los
mensajes publicitarios para proteger a los sectores más vulnerables, ya que según Consumo, en los últimos
cuatro años, las cifras de inversión en publicidad, promoción y patrocinio se han triplicado en España. De forma paralela a ese incremento de la
inversión, según datos de Consumo, se ha producido un
aumento de la actividad del juego entre jóvenes de
18 a 25 años.
Por ejemplo en
2017, el
28% de los nuevos jugadores formaba parte de esta franja de edad, y dos años después la cifra se ha incrementado doce puntos y se sitúa en el
40%, según los datos que maneja este Ministerio. La norma desarrolla los artículos 7 y 8 de la
Ley del Juego de 2011, y lo hace a través de cuatro títulos (otros 37 artículos), seis disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.