Dani Alves continúa prisión desde el pasado 20 de enero. El ex futbolista de Barcelona y Sevilla se enfrenta a una posible condena de entre 8 y 10 años de cárcel por la presunta agresión sexual a una joven en una discoteca en diciembre del pasado año. Así, su nueva defensa ha cambiado de estrategia y ahora estaría apostando por reducir lo máximo posible dicha pena, tratando de llegar para ello a un acuerdo con la justicia española.
Mientras tanto, eso sí, el brasileño ha vuelto a solicitar la libertad provisional, pero la misma ha sido denegada de nuevo por la Audiencia de Barcelona, al entender que persiste el riesgo de fuga, el cual se ve incluso incrementado ante la proximidad del juicio.
Se trata de es la tercera vez que dicha instancia rechaza los recursos presentados por los abogados del jugador contra el auto de prisión dictado en su día por la juez instructora del caso. Así, en este último auto, contra el que cabe interponer recurso de súplica en el plazo de tres días, la sección 21 de la Audiencia de Barcelona deniega la petición de libertad formulada por Alves el pasado 7 de noviembre, y mantiene al jugador en prisión provisional, comunicada y sin fianza.
En contra del criterio esgrimido por la defensa del brasileño, la Audiencia de Barcelona recalca que sí persiste el riesgo de fuga, puesto que no han variado las circunstancias. Al contrario, en la medida en que se ha acordado la apertura de juicio oral contra Alves y dada la proximidad de su celebración, ello "no hace más que incrementar el riesgo de fuga".
"Ninguna de las medidas alternativas" propuestas en su día por la defensa del jugador "podría conjurar el riesgo de fuga”. “Solamente la prisión preventiva podrá evitar dicho riesgo", subraya el auto de la Audiencia de Barcelona, que rechaza igualmente el presunto arraigo en nuestro país alegado por la defensa del ex jugador azulgrana, después de que este trajera a sus hijos a España.
"No corresponde a esta Sala revisar de nuevo las circunstancias alegadas de arraigo cuando ninguna modificación se ha producido" y "no se alega ninguna otra causa que permita llegar a la conclusión de que ha aumentado este arraigo", sostiene el último auto, donde también se responde al otro argumento utilizado por los letrados del internacional ‘canarinho’, quien ha abonado la cantidad de 150.000 euros en concepto de reparación del daño. Por ello, la defensa entiende que en caso de que fuera condenado, la pena podría quedar en un año de prisión, por debajo del límite del cumplimiento.
Para la Audiencia, en cambio, es al Órgano sentenciador al que le corresponde "valorar si se aplica o no la atenuante de reparación del daño, si el abono de las cantidades responde a un requerimiento de fianza, a la mera entrega de unas cantidades de dinero o a un verdadero ejercicio de reparación del daño causado a la víctima".