Economía

500 euros para las amas de casa: Cómo cobrar este nuevo sueldo del Gobierno

Entre las prestaciones, ayudas y subsidios del Gobierno hay uno destinado a quienes se dedican al cuidado de su hogar

500 euros para las amas de casa: Cómo cobrar este nuevo sueldo del Gobierno
500 euros para las amas de casa: Cómo cobrar este nuevo sueldo del Gobierno - Pixabay
José Antonio RiveroJosé Antonio Rivero 4 min lectura

Hay muchas personas, sobre todo de edad más avanzada, que decidieron no trabajar y quedarse al cuidado de la casa familiar y de los hijos, lo que se conoce como ama de casa, algo que también es un trabajo y que recibe ese nombre porque en su mayoría son mujeres. Dentro de las muchas ayudas y prestaciones que ofrecen los organismos españoles, hay una destinada a quienes tienen este trabajo.

Bien es cierto que una gran parte de la población desconoce muchas de las ayudas que tanto el Gobierno de la nación como los autonómicos o locales ofrecen, tal y como pasa con esta prestación para las personas que se han dedicado toda su vida al cuidado del hogar, así como, posiblemente, a hijos o personas mayores. Se trata de personas que pueden llegar a tener problemas económicos a edades avanzadas, puesto que no han cotizado, o lo han hecho poco, lo que no les da derecho a una pensión por jubilación. Esto ahora ha cambiado.

Cómo conseguir la ayuda para amas de casa

Hasta hace bien poco, las personas dedicadas al cuidado del hogar cumplían 65 años y no tenían derecho a una pensión por jubilación, algo que ahora ya no es así. El Imserso ofrece a estas personas una pensión no contributiva, para la cual hay que cumplir tres requisitos, siendo uno de ellos el de la edad mencionado anteriormente.

El primero de los otros dos requisitos imprescindibles es haber residido en España durante diez años o más, teniendo que ser dos de esos años de residencia de forma consecutiva e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Además, para hacer la solicitud a la prestación hay que estar residiendo actualmente en el país.

El segundo requisito es no tener otras rentas. Mejor dicho, no exceder unos máximos de ingresos. Es decir, que la persona que solicite la prestación no tenga ingresos superiores a 7.250,60 euros al año.

Aunque estos dos, así como el tener 65 años o más, son los requisitos fundamentales, hay otros que también se deben cumplir si la persona solicitante de la prestación vive con algún familiar. Si vive con su marido o mujer, así como con algún familiar de segundo grado, los ingresos anuales de dicha vivienda familiar no pueden ser superiores a 12.326,02 anuales cuando son dos personas en el hogar. Si residen tres personas, los ingresos de la vivienda deberán ser menores de 17.401,44 euros al año, y si son cuatro personas los ingresos no podrán superar los 22.476,86 euros anuales. En el caso de ser más de cuatro personas conviviendo en el domicilio, habrá que sumar 5.075,42 euros anuales por cada persona.

En el caso de que el solicitante resida con un familiar de primer grado, es decir, padres o hijos, los ingresos de dicho hogar no podrán superar los 30.815,05 euros si son dos los residentes en el domicilio. Si son tres, los ingresos deberán estar por debajo de los 43.503,60 euros anuales, y, en el caso de ser cuatro personas conviviendo, menores que 56.192,15 euros anuales. A partir de ahí, por cada persona de más habrá que sumar al límite 12.688,25 euros.