A medida que van pasando los años se va aumentando la edad para jubilarse. Es un problema que afecta bastante, sobre todo a las generaciones futuras que se encontrarán con un gran problema cuando a sus padres les llegue la hora de jubilarse. Y es que desde la Seguridad Social se va aumentando ligeramente la edad de jubilación con el paso de los meses. En este 2025, en España podrías jubilarte a los 66 años y ocho meses en el caso de que hayan cotizado al menos 38 años y tres meses en la Seguridad Social.
Algunos ciudadanos piensan en la jubilación anticipada tras tantos años trabajando. Lo cierto es que para conseguir eso es necesario haber trabajado como mínimo 35 años y al menos dos de ellos en los últimos quince años. Se ha hablado de ciertas ventajas que ofrece la Seguridad Social para sumar años de cotización y por ello, vamos a repasar cuáles forman parte de estas ventajas.
El primer ‘atajo’ para conseguir años de cotización tiene que ver con la mili. Aquellos que tuviesen que realizar el servicio militar podrían computar este periodo dentro de los requisitos para obtener la jubilación. Aun así, esto solo podría computar en el caso de que se requiera la jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntariamente.
Otro de las opciones para conseguir años de jubilación extra tiene que ver con las prácticas curriculares. Esta es una medida que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones puso en vigor hace relativamente poco tiempo. Aquellos que realizaron prácticas no remuneradas podrán incluirlas en su vida laboral. Esto solo es aplicable para aquello que hicieron las prácticas académicas antes de 2024 en el caso de no haber sido remuneradas y antes de 2011 en otros casos similares. No todo es tan bonito, ya que esto solo podrá aplicarse hasta diciembre de 2028.
Además, una vez realizada esta solicitud se deberán pagar las cantidades correspondientes de cotización por los períodos que se haya estado de prácticas. Por lo tanto, no es un ‘atajo’ que sea gratis que digamos.
Otras de las opciones con las que cuentan los ciudadanos para registrar años a su base de cotización se centra en aquellos que han pasado por un Centro Penitenciario y hayan realizado un trabajo dentro. En ese caso, aquellos ciudadanos que se encuentren en estas circunstancias podrán cotizar los años en los que hayan estado internos. Esto solo se aplicaría en el caso de solicitar una jubilación anticipada, de la misma manera que ocurre para los que hayan realizado la mili.