Tráfico / DGT

Ex Guardia Civil desvela cómo reclamar una multa de velocidad y el margen de error del radar

El error de los radares están recogidos en una orden ministerial y se pueden comprobar en el BOE

Ex Guardia Civil desvela cómo reclamar una multa de velocidad y el margen de error del radar
Ex Guardia Civil desvela cómo reclamar una multa de velocidad y el margen de error del radar - Emesa
José Antonio RiveroJosé Antonio Rivero 4 min lectura

Una de las mayores causas de siniestralidad en España es el exceso de velocidad, de ahí que la Dirección General de Tráfico (DGT) intente velar porque se cumplan las normas de seguridad vial, luchando también contra quienes las incumplen. Una de las principales medidas para ello son los radares de velocidad.

Hay que tener claro que existen varios tipos de radares, los fijos, que son los que se suelen ver en cabinas a los márgenes de la carretera, los cuales deben estar siempre señalizados, y los móviles, los cuales se camuflan por parte de la Guardia Civil.

También existen los radares de tramo, veloláser o en cascada, todos ellos para perseguir a quienes infringen el límite de velocidad. Para lo que también está el helicóptero pegasus.

En España hay más de 800 radares fijos, los cuales ponen cientos de miles de multas al año. Ahora un ex agente de la Guardia Civil, Juan Carlos Toribio, ha desvelado lo que hay que tener en cuenta sobre los márgenes de error de los radares y las maneras de reclamar una multa.

Para poner en contexto, Toribio explica que en el Anexo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se muestra la cuantía de las multas y el número de puntos de pérdida según los límites de velocidad que se superen.

Además, hay que comprobarlo en las tablas 1 y 2 del Anexo XII de la Orden ICT/155/2020, que regula el control metrológico del Estado en determinados instrumentos de medida.

Los porcentajes de error de los radares

Esto se mide según el cinemómetro, teniendo también en cuenta si el radar tiene menos o más de un año de antigüedad. Si se trata de un radar fijo y tiene menos de 12 meses, el margen de error es de más/menos 3 kilómetros por hora si la velocidad no supera los 100 km/h, y de +/- 3% di la velocidad es mayor a 100 km/h. Cuando el cinemómetro fijo tiene más de un año de antigüedad los márgenes de error pasan de 3 a 5.

En las tablas citadas anteriormente también se pueden ver los márgenes de error en los cinemómetros móviles y en otros radares como el pegasus.

Este ex Guardia Civil explica que conocer estos márgenes de error de los radares hace que se puedan reclamar las sanciones. Si bien no es muy probable que la multa se elimine, sí que se podrá reducir la sanción, tal y como explica en un ejemplo práctico.

En el caso de que un radar te localice circulando a 123 km/h en una carretera con límite de 90 km/h, la tabla del anexo IV de Real Decreto Legislativo 6/2015 indica que la multa será de 300 euros y conllevará la pérdida de dos puntos del carnet de conducir.

Aunque si el radar que nos multó era fijo y tenía más de un año de antigüedad se podría aplicar el margen de error de +/- 5% de 123 km/h, lo que da un resultado de 6,15 km/h. Esto restado a 123 deja que íbamos circulando a 117 km/h. Pese a que seguiría siendo infracción, la cuantía de la multa bajaría a 100 euros y no acarrearía la pérdida de puntos.