Economía

570 euros mensuales para los desempleados desde noviembre

Este viernes entra en vigor la reforma del subsidio por desempleo que amplía la cuantía percibida durante un periodo de tiempo y también el número de personas beneficiadas

570 euros mensuales para los desempleados desde noviembre
570 euros mensuales para los desempleados desde noviembre - Economía
Iker CastañoIker Castaño 3 min lectura

Llegados a la recta final del mes de octubre, conviene recordar que desde este viernes 1 de noviembre y después del acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, se reforma el subsidio por desempleo que se aprobó en junio de este año y eso implica que por un lado se amplía la cuantía percibida durante un periodo de tiempo y por otro lado el número de personas beneficiadas. Según datos que se manejan desde el Ministerio de Economía, alrededor de un millón de personas podrán acceder a él.

Las cifras económicas pasan a ser de 570 euros durante los primeros seis meses (95% del IPREM), después 540 euros en los seis meses siguientes (90% del IPREM), y a 480 euros el resto del tiempo que dure el subsidio (80% del IPREM), según indica el Ministerio. Para poner en contexto, el subsidio por desempleo se refiere a la prestación asistencial o no contributiva que se percibe durante 30 meses en el caso de haber agotado la prestación contributiva por desempleo.

¿Quiénes pueden optar al subsidio por desempleo?

Aquellos que pueden optar al subsidio por desempleo son quienes ya no puedan acceder a una prestación contributiva por haberla agotado y aquellos que no hayan cotizado el tiempo suficiente para acceder a la prestación contributiva. Además, se pueden ver beneficiadas personas desempleadas mayores de 52 años. Los demás colectivos que pueden acceder al subsidio con la actual reforma son:

  • Las personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares
  • Quienes tengan periodos cotizados inferiores a 6 meses y no tengan responsabilidades familiares
  • Trabajadores eventuales agrarios
  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla
  • Víctimas de violencia de género
  • Emigrantes retornados que no tengan derecho a prestación contributiva
  • Se seguirá mirando la carencia de rentas para acceder a la ayuda, pero con la reforma solamente será necesario acreditar esta situación a nivel personal o a nivel familiar, mientras que antes tenía que hacerse con respecto a la unidad familiar.

Eso sí, antes se debe estar dado de alta como demandante de empleo y entre otras cosas, también aceptar las actividades que proponga el SEPE (cursos de formación o entrevistas de trabajo) y no tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El Ministerio de Trabajo elimina el mes de espera que hasta ahora se tenía que cumplir desde que se terminaba de cobrar la prestación contributiva y se empezaba a percibir el subsidio por desempleo. No obstante, también endurece los plazos y si se solicita el subsidio cuando ya han pasado seis meses desde que se extinguió la prestación, dicha solicitud será denegada.