El Congreso de los Diputados aprobó la semana del 13 de marzo de 2023 el proyecto de ley de bienestar animal, el cual excluye a perros de caza y aumenta las sanciones para los propietarios de mascotas.
Una vez aprobada por el Congreso, después de su paso por el Senado y la votación allí de las distintas enmiendas, la ley está lista para ser publicada en el BOE, siendo ese momento cuando entre en vigor.
Los perros de caza, así como los usados para actividades profesionales como los de rescate o los de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, o los utilizados para espectáculos taurinos, no entran dentro de esta nueva ley.
Se trata de uno de los puntos más polémicos de la nueva Ley de Bienestar Animal. Según el artículo 27 de la misma, "mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos" está prohibido.
También está penado "dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos". En el caso de los perros, "este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas".
La nueva Ley de Bienestar Animal diferencia las infracciones entre leves, graves y muy graves, siendo leve, según el artículo 80 de dicha ley, "toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal".
Según este artículo, dejar al animal sin supervisión en la vivienda sería sancionado con "apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros", según el artículo 84, de la citada ley, que hace referencia a "sanciones principales".
La multa ascendería de "10.001 a 50.000 euros" si se mantiene a perros y gatos, de manera habitual, en balcones, terrazas, patios o similares, algo que es catalogado como una "infracción grave".
La ley también incluye la necesidad de "contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente".
Esta normativa es igual a la que ya existía en distintas autonomías como Madrid y País Vasco.