Del Nido Benavente se lleva otro varapalo en su lucha por el poder

El juez ha sobreseído de forma provisional la denuncia penal que presentó contra su hijo y actual presidente del Sevilla FC, Del Nido Carrasco, al considerar que "no está debidamente justificada la perpetración de un delito"

Del Nido Benavente se lleva otro varapalo en su lucha por el poder
Del Nido Benavente, durante la última Junta de Accionistas del Sevilla FC: - Lince
Fernando MateosFernando Mateos 4 min lectura

Tras el enésimo varapalo sufrido en la última Junta General de Accionistas, José María del Nido Benavente cumplió su amenaza de ir un paso más allá y el pasado 15 de enero denunció a su hijo y actual presidente del Sevilla FC, José María del Nido Carrasco, por la vía penal, por la presunta comisión de un delito societario. En concreto, la querella del ex mandatario nervionense se fundamentaba en la negación sistemática de su derecho al voto, pero la misma ha tenido poco recorrido, pues la misma ha sido sobreseída de forma provisional por el Juzgado de Instrucción número 2 de Sevilla.

Fueron dos los argumentos utilizados por el actual máximo dirigente de la entidad en la asamblea del pasado 10 de enero para impedir que su padre hiciera valer su peso accionarial. De un lado, se aferró al pacto de gobernabilidad suscrito por los principales accionistas en noviembre de 2019, el cual está vigente hasta 2027. Pero, además, aludió al artículo 16.1 del Real Decreto 1251/1999, en virtud del cual existe la obligación de informar al Consejo Superior de Deportes (CSD) cuando se adquiere más del 25% del capital social de un club.

Según Del Nido Benavente, titular del 27,55 % del capital social del club, dicha normativa del CSD fue “aplicada indebidamente”, insistiendo en que fue privado de su voto “ilícitamente”. A su entender, esto permitió a su vez la continuidad del actual consejo de administración, pero dicha visión no es compartida por el juez Miguel Ángel Gálvez Jiménez, que ha archivado la causa provisionalmente, dando un plazo de tres días al letrado para interponer un recurso de reforma y de cinco para otro de apelación.

Lo que dice el auto del juez

"En la denuncia no se especifica ni cuál es el acuerdo abusivo adoptado por el denunciado Sr. Del NIDO CARRASCO, ni describe cual es el perjuicio patrimonial causado a la sociedad por la adopción del acuerdo, debiendo insistir en que la adopción del acuerdo y el perjuicio social, a la sociedad o a alguno de los socios, se encuentran en relación de causa efecto resultando elemento constitutivo del tipo del artículo 292 que la mayoría ficticiamente obtenida se haya usado para adoptar un acuerdo lesivo que perjudique a la sociedad o a algunos de los socios produciendo un correlativo beneficio para quienes imponen el acuerdo o para un tercero", reza en el auto emitido este pasado martes, donde se recalca que "en la denuncia no se especifican los hechos concretos y distintos -a excepción de la privación del derecho de voto antes aludido- que han supuesto una conculcación de los derechos sociales vulnerados".

“Por todo lo anterior, concurriendo lo dispuesto en la regla 1ª del artículo 779.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con el artículo 641.1 del mismo texto legal, se debe acordar el sobreseimiento provisional de las presentes diligencias, al no estar debidamente justificada la perpetración de un delito”, concluye una resolución que supone un respiro para Del Nido Carrasco, consciente a su vez de que su padre no se detendrá. De momento, ya ha solicitado la la celebración de una nueva junta de accionistas, en este caso de carácter extraordinario, que tendrá lugar a priori en el mes de marzo.