Siempre ha sido así, pero en los últimos tiempos la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene en mente realizar frecuentes cambios en las normas de circulación vial con el propósito de aumentar la seguridad de conductores y peatones. En este caso, la última modificación afecta a ciclistas y conductores de vehículos de motor.
La DGT va a cambiar la norma de adelantamiento de bicicletas por parte de coches y otros vehículos a motor, exactamente la velocidad a la que se podrá realizar dicho adelantamiento. Con la nueva normativa, los conductores no podrán superar los 20 kilómetros por hora por debajo del límite establecido.
Esto quiere decir que en una carretera donde la velocidad máxima permitida sea de 90 km/h, los vehículos no podrán superar los 70 kilómetros por hora para adelantar a los ciclistas. Por su puesto, seguirá vigente la norma de guardar al menos un metro y medio de distancia lateral entre el coche y la bicicleta a la hora de realizar el adelantamiento.
Las modificaciones no sólo afectan directamente a los conductores de coches u otros vehículos a motor, sino también a los ciclistas, ya que cambia el uso del casco.
Ahora el casco será obligatorio siempre, ante cualquier circunstancia, suprimiéndose las excepciones que anteriormente recogía el reglamento de circulación. Al margen del casco, los ciclistas también estarán en la obligación de llevar puesto un accesorio reflectante cuando circule por la noche o en situación de visibilidad escasa.
En cuanto a las vías urbanas, la distancia de seguridad entre los vehículos a motor y los ciclistas deberá ser, como mínimo, de cinco metros. Además, los ciclistas podrán circular en el sentido contrario de la vía, siempre y cuando se haga por calles con un único carril y con una limitación de velocidad máxima de 30 kilómetros por hora.
El año que viene será un año con muchas modificaciones en el reglamento de circulación. Otro de los cambios más importantes está relacionado con la conducción de motocicletas, las cuales podrán circular por el arcén en determinadas circunstancias.
Las motocicletas podrán circular por el arcén derecho siempre y cuando no sobrepasen los 30 kilómetros por hora, teniendo siempre que respetar la prioridad de vehículos obligados a circular por dicha zona, como bicicletas o vehículos agrarios.
El arcén también podrá ser usado para circular por grúas, ambulancias y otros vehículos de emergencia.
Otro cambio destacable en 2025 será la prohibición de circular por el carril izquierdo en autovías y autopistas nevadas o que se encuentren en condiciones climatológicas adversas.