Jubilarse es algo muy esperado por los trabajadores, algo que depende de la edad y que ha crecido con el paso del tiempo para las personas que han tenido una vida laboral menos extensa
La jubilación es la etapa en la que los trabajadores dejan de trabajar y pasan a cobrar su merecida pensión. Dicha paga va en función de los años de cotización, la edad y el sueldo que se ha cobrado durante su vida laboral. Hasta hace unos años, la edad a la que la inmensa mayoría de personas se jubilaban en España era los 65 años, algo que ya ha cambiado.
En la actualidad, el poder jubilarse a los 65 años es cada vez más complicado, puesto que en 2024 quien quiera pasar a ser un jubilado más tendrá que haber cotizado un mínimo de 38 años y seis meses.
Este año 2024, las personas que quieran jubilarse con 65 años de edad deberán haber cotizado un mínimo de 38 años, si no no podrán jubilarse hasta los 66 años y 6 meses de edad.
Cotización y edad necesarias para jubilarte
2024: 38 o más años cotizados - 65 años | 38 o menos años cotizados - 66 años y 6 meses
2025: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 8 meses
2026: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 10 meses
2027: 38 años y 6 meses o más - 65 años | Menos de 38 años y 6 meses - 67 años
La edad a la que los españoles pueden jubilarse según su fecha de nacimiento
1959: jubilación ordinaria en 2024 con 65 años si han cotizado 38 o más años. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 6 meses
1960: jubilación ordinaria en 2025 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 8 meses
1961: jubilación ordinaria en 2026 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 10 meses
1962: jubilación ordinaria en 2027 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1963: jubilación ordinaria en 2028 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1964: jubilación ordinaria en 2029 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1965: jubilación ordinaria en 2030 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1966: jubilación ordinaria en 2031 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1967: jubilación ordinaria en 2032 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1968: jubilación ordinaria en 2033 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
1969: jubilación ordinaria en 2034 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años
Todo esto es según la ley actual, aunque todo puede sufrir modificaciones. Además, las personas pueden jubilarse antes de lo indicado, teniendo en cuenta que sufrirán una serie de penalizaciones, como una pensión menor. Eso sí, no está permito dejar de trabajar y jubilarse dos años antes de la edad marcada para ello, exigiéndose también un mínimo cotizado.