Llegó la sanción para Víctor Mollejo. El Comité de Competición notificó al Real Zaragoza que el atacante cedido por el Atlético de Madrid tendrá que cumplir un partido de sanción por su celebración obscena en el encuentro de la jornada 5 de LaLiga Hypermotion ante el Cartagena. El resultado fue de 1-3 para los maños donde el futbolista marcó dos goles llevando sus manos a sus partes íntimas para celebrar uno de los tantos. Pese a disculparse públicamente tras el choque, la sanción le llega dos meses después, ya que el envite se disputó el 10 de septiembre.
Así lo ha decidido el conjunto aragonés a través de un comunicado. Recurrirá ante el Comité de Apelación la sentencia en un plazo máximo de 10 días, pero de momento Víctor Mollejo no estará el sábado en el Martínez Valero de Elche ni tampoco en el duelo de la jornada 16 ante el Huesca porque también suma otra sanción por acumulación de tarjetas.
La resolución del Comité detalla que "acuerda sancionar a Víctor Mollejo Carpintero, jugador del Real Zaragoza SAD, por una infracción del artículo 126 del Código Disciplinario de la RFEF, con sanción de suspensión por un partido, con multa accesoria en cuantía de 200 € al club y de 600 € al infractor (artículo 52.e CD), por los hechos denunciados que ocurrieron durante el partido correspondiente a la jornada 5 del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División", advierte el escrito.
El jugador pidió disculpas de manera inmediata a través de sus redes sociales: "Pedir disculpas a todas esas personas que se hayan sentido ofendidas por esa celebración. Es un gesto que, evidentemente, no corresponde con la educación que yo tengo. Ahora en frío me arrepiento mucho y ojalá haberlo cambiado. No era nada significativo ni iba dirigido a nadie. No es excusa, pero no era nada significativo. Pedir disculpas a todas las personas que se hayan sentido ofendidas y decir que lo siento".
Unas disculpas que no le han servido de mucho porque Competición se ampara en el artículo 126 del reglamento del Comité de Disciplina de la RFEF y asegura que "procede por ello desestimar las alegaciones (del Real Zaragoza) contenidas en el escrito de 2 de octubre, centradas en argumentar que la celebración del gol no sería ofensiva, pues es patente que es un gesto manifiestamente inaceptable y procaz, que ofende al más elemental sentido común de la colectividad". Establece después que la sanción debe ser entre uno y tres encuentros, pero que dadas las circunstancias que concurren "este comité considera pertinente imponer la sanción propuesta por el Instructor, esto es, la suspensión por un partido", dice la norma.