La Audiencia confirma la inocencia de William Carvalho

La Audiencia de Sevilla corrobora la sentencia del Juzgado número 9 y archiva la denuncia contra el futbolista por un presunto delito de agresión sexual

La Audiencia confirma la inocencia de William Carvalho
El caso contra Carvalho ha sido archivado. - CORDON PRESS
Álvaro PalomoÁlvaro Palomo 3 min lectura

La pesadilla judicial que comenzó a principio del mes de febrero para William Carvalho al ser imputado por un presunto delito de agresión sexual ha llegado a su fin. No en vano, la Audiencia de Sevilla ha corroborado su inocencia y ha tomado la decisión de archivar la causa abierta a principios del año pasado debido a una denuncia.

De ese modo, la Audiencia ha ratificado la sentencia del Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, que, ya en mayo, argumentó su resolución en la carencia de fundamentos de la denuncia y hacía prevalecer la tesis de la defensa del medio que las relaciones que habían mantenido en agosto de 2023 fueron consentidas, versión que defendió desde primera hora el internacional portugués. Además, descarta completamente que existiera sumisión química.

Así, las cosas, el auto con firma del 2 de septiembre de Sección Séptima de la Audiencia corrobora la versión del futbolista a la par que el juzgado de instrucción da por probado que los dos se conocían y que antes del día de los hechos ya habían mantenido relaciones y contactos habituales, lo que ya desvirtuaba una denuncia que no contaba con el raspaldo de pruebas según el juez del caso.

Los hechos ocurrieron en Sevilla la noche del 9 al 10 de agosto de 2023 mientras que la denuncia se presentó una semana después en las dependencias judiciales de Ibiza. Así las cosas, los dos quedaron para estar juntos en Sevilla y el futbolista se encargó de los billetes y de buscarle un hotel y, además, fue a recogerla al aeropuerto. Después de cenar en Triana se fueron a un hotel en La Cartuja, al que, según la sentencia, "llegaron en actitud completamente normal, sin que se aprecie ninguna circunstancia fuera de lo común o extraordinaria relevante".

En este sentido, la instrucción recoge que "no hay señales de que la denunciante estuviera afectada en sus capacidades por el consumo de alcohol que se había producido horas antes y accedió a la habitación con el investigado sin oposición alguna y sin dar muestras de afectación".

"Tampoco dio muestras de sospechar o suponer que se había producido una relación inconsentida a la mañana siguiente, cuando a ninguna de las personas con las que habló, incluido el investigado, les comentó que se había sentido molesta con la relación mantenida", dictó la jueza sobre un caso que ha sido archivado también por la Audiencia de Sevilla.