Economía

Multa de Hacienda para todo aquel que no haga este trámite antes del 1 de julio

La notificación de dicha sanción llegará por carta, dando igual si se ha presentado o no la Declaración de la Renta

Multa de Hacienda para todo aquel que no haga este trámite antes del 1 de julio
Multa de Hacienda para todo aquel no haga este trámite antes del 1 de julio - Pixabay / ED
José Antonio RiveroJosé Antonio Rivero 4 min lectura

El 1 de julio de 2024 se acaba el plazo para presentar la declaración de la Renta de 2023. Los contribuyentes que estén obligados a realizar el borrador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tienen hasta ese día para realizar y presentar la declaración, en caso de no hacerlo se enfrentarán a una dura sanción. Y es que la Agencia Tributaria empezará a mandar cartas a partir de esa fecha a los infractores, notificándoles que pueden ser multados, aunque estas cartas también le pueden llegar a personas que sí que hayan realizado la declaración de la Renta dentro de los plazos establecidos para ello.

Las llamadas "cartas del miedo" remitidas por Hacienda empezarán a llegar a partir del 1 de julio de 2024. En dichas misivas se informarán de las multas por no presentar la declaración de la Renta, aunque también las recibirán las personas que hayan presentado su declaración pero lo hayan hecho con errores. Las sanciones pueden oscilar desde los 100 euros hasta el 150% de la cantidad a pagar en la declaración, dependiendo si esta sale a pagar o a devolver.

Además, el importe de la multa también varía si es el propio contribuyente el que notifica el error o si es la Agencia Tributaria quien detecta la demora o el error en la declaración.

Multas aunque no se notifique por carta

Pese a que la Agencia Tributaria puede no enviarte la carta de requerimiento, las sanciones por no haber presentado la declaración de la Rente en tiempo y forma son inevitables. De hecho, existen unos intereses que empiezan a contar desde el primer mes de demora a razón de un 1% por cada mes de retraso. Quiere decir, que si la declaración se presenta en julio tendrá un 1% de interés, pero si se presenta en octubre tendrá un 4%. Además, a partir del año de retraso el recargo subirá al 15%, además de tener que pagar los correspondientes intereses por demora.

Las sanciones pueden aumentar si Hacienda interpreta que ha existido un perjuicio económico o si dicho incumplimiento se ha producido otros años. En estos casos hay una penalización que va del 50% al 150% de la deuda, aunque hay un plazo para presentar la declaración antes de que se inicie un nuevo procedimiento sancionador.

En el mejor de los casos, si es el contribuyente el que avisa del error a Hacienda, la multa será de 100 euros si el borrador de la declaración de la Renta sale a devolver o se queda en cero. Si es la Agencia Tributaria quien detecta que no se ha presentado la declaración, la multa sube a 200 euros.

Sea de una u otra manera, si se paga la sanción de forma rápida, se producirá un descuento del 25%, para el cual hay que abonar la multa en el periodo voluntario, que es de cinco días hábiles desde que se notifica.

Las cartas pueden tardar hasta 4 años

Hacienda tiene cuatro años para reclamar una declaración de la Renta, un plazo que vale tanto para detectar errores como para pedir información por cuestiones dudosas en el IRPF.

De todos modos, si el contribuyente considera que la sanción que le han puesto no es adecuada o correcta, también tiene cuatro años para reclamar.