El mundo del fútbol se ha visto de nuevo salpicado por un caso de violencia de género por medio de Deivid Rodríguez, retirado en 2022 y actualmente miembro de la dirección deportiva de la UD Las Palmas. El que fuese también futbolista del Sevilla FC, el Real Valladolid o el Córdoba, además del conjunto insular, ha sido condenado por agredir y amenazar a una mujer y a su hijo, reconociendo él mismo los hechos por los que fue denunciado, según ha informado La Provincia.
Los hechos se remontan al pasado 11 de noviembre, cuando el canario acudió al domicilio de la denunciante, con la que mantenía una relación sentimental, y mantuvo con ella una discusión, “en el curso de la cual y, guiado por la intención de menoscabar la integridad física de la misma, comenzó a propinarle empujones y tirones de pelo, agarrándola por el cuello y mordiéndole en la cara y el hombro”. Así queda recogido en la resolución judicial que da por probados los hechos, donde también se indica que durante la discusión, Deivid le gritaba “hija de puta, que me escuches, que no he hecho nada”.
Tras el episodio descrito, la mujer logró soltarse de su agresor, pero Deivid cogió un cuchillo de la cocina y lo levantó "con intención de amedrentarla", al mismo tiempo que se dirigía a la habitación donde dormía el hijo de la víctima, de sólo 10 meses de vida, al que la mujer pudo sacar de la habitación mientras su agresor lanzaba nuevas amenazas: "Te voy a matar hija de puta, si tú me hundes la vida te mato a ti, a tu padre y a tu hijo”.
De este modo, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al ex futbolista por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género y otro de lesiones. Una sentencia de carácter firme y contra la que no cabe recurso después de que el acusado haya reconocido los hechos y haya llegado a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular.
Así, el actual empleado de la UD Las Palmas tendrá que cumplir dos penas. Por el delito de violencia de género, ha sido condenado a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad y 20 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas. Además, tiene prohibido comunicarse por ningún medio con la víctima y su hijo y tampoco podrá aproximarse a ellos a menos de 500 metros por tiempo de 20 meses. Del mismo modo, por el delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género se le impone una pena idéntica a la descrita, debiendo indemnizar además a la víctima con 350 euros y pagar las costas del proceso