La 'noticia' saltaba en dos portales dedicados a la información sobre el eterno rival y levantaba suspicacias, aunque, analizando los hechos, se mantiene la
duda razonable acerca de si el
Betis vulneró la norma que le permite realizar una
sexta sustitución en caso de
prórroga, pero no habla de una
cuarta ventana para ello, sino que señala los tiempos muertos antes de que comience cada uno de los dos periodos extra para realizar esa sustitución suplementaria. Pellegrini sólo había agotado tres cambios a la finalización de la fase regular (
Lainez por Rodri en el minuto 65, más el doble de
Juanmi y Canales por Joaquín y Tello, cuatro más tarde), pero usando dos ventanas. Luego, entraron
Álex Moreno y Willian José por Miranda y William Carvalho, ya con la prórroga iniciada (92'), supliendo
Víctor Ruiz a Pezzella en el 116.
En total, seis relevos y cuatro ventanas, pues no se emplearon los tres descansos entre partes para ninguno. ¿Hubo alineación indebida? ESTADIO ha hablado con
delegados de clubes de
LaLiga y
expertos en materia arbitral y jurisdiccional para aclarar el entuerto. Para empezar, de haberla habido, el
Talavera tendría
48 horas para reclamar y estaría en plazo, porque no cuentan sábados ni domingos. Como quiera que el duelo de
Copa del Rey se disputó el pasado jueves, podría hacer llegar al
Comité de Competición de la RFEF una denuncia hasta las 14:00 horas del segundo día hábil posterior al encuentro, léase el próximo lunes. Aunque existe un problema para los manchegos:
ellos también realizaron un sexto cambio en una cuarta ventana durante la prórroga.
El caso es que estuvo a punto de no haber ni caso, porque Álex y Willian calentaban en la banda de El Prado, vestidos ya con la ropa de juego, durante los minutos que transcurrieron entre que
Hernández Hernández señaló el final del tiempo reglamentario y el inicio de la prórroga, con el delegado de campo metiendo los datos en la pizarra electrónica, aunque no se pudieron acometer las sustituciones hasta el
91:35, como demuestra la imagen. Partiendo de esa base, el cruce de denuncias sería ingente, pues son muchos los equipos que interpretaron la norma de la misma manera que béticos y talaveranos. Por ejemplo, el
Valencia con el
Arenteiro (y su propio anfitrión), el
Andratx contra el
Sevilla FC, el
Levante ante el
Alcoyano...
Y lo hicieron porque el reglamento es ambiguo, a pesar de haber sido redactada de nuevo en la 21/22. Así, la disposición duodécima de las Normas Reguladoras y Bases de Competición de Torneos RFEF para la temporada 2020/2021, apuntaba que, "en el caso de disputarse una prórroga, ambos equipos llegarán a esta con el número de suplentes y oportunidades de sustitución que no hayan empleado. Además, se podrá realizar una
sustitución adicional durante
la misma que podrá aprovecharse
únicamente tanto antes del inicio como durante el periodo de descanso de la misma”. Dicha disposición constituye la incorporación al régimen propio de la RFEF de las modificaciones introducidas con anterioridad y por la misma razón, por la FIFA en las Reglas del Juego, que modifica de modo transitorio la Regla
número 3 referida el régimen de sustituciones (Circulares 19 y 20).
Como puede comprobarse, en la 21/22 el mismo apartado recoge una matización: "Además, se podrá realizar una sustitución adicional en una interrupción más del juego durante la prórroga. La sustitución adicional podrá aprovecharse,
también, tanto antes del inicio como durante el periodo de
descanso de la prórroga".
La inclusión del adverbio también da lugar a confusión, pues queda implícito que podría no utilizarse esos momentos de parón para esa sexta sustitución. Lo que sí quedó aclarado por
Apelación en su día de que, por ejemplo, en caso de haber realizado, el Betis o cualquier club, un cambio entre el tiempo reglamentario y el inicio de la prórroga más otro sexto con la fase extra en juego no pasaría nada, porque la norma
no especifica el orden en que pueden agotarse las
sustituciones pendientes de la adicional. Aparte, se realizó una consulta a la RFEF, que autorizó, llegado el caso, esa cuarta ventana en un
escrito legal, fuera de la norma en sí, razón por la que muchos la usaron sin miedo.
Por último, queda aclarar lo más importante: en ningún sitio se especifica que usar una cuarta ventana conlleve
alineación indebida. Por tanto, en caso de producirse, seguramente acarrearía
una sanción de otro tipo, nunca la antes mencionada, que supondría
dar por ganado el partido al rival (que, en este caso, también la habría cometido siendo estrictos) y
excluir al supuesto infractor de la competición. Sólo se consideraría alineación indebida si se producen más sustituciones de las permitidas, se alinean a más extracomunitarios de los permitidos (3) o no hay el mínimo de futbolistas de la primera plantilla (7) sobre el terreno de juego, no por usar una cuarta ventana.