Por violencia de género

La Audiencia archiva la causa contra Manolo Jiménez

La Audiencia archiva la causa contra Manolo Jiménez
Manolo Jiménez, exentrenador del Sevilla F.C. - R.S.
Estadio DeportivoEstadio Deportivo 3 min lectura
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión de un juzgado de violencia de archivar la causa abierta contra Manuel Jiménez, antiguo jugador y entrenador del Sevilla Fútbol Club, cuya exmujer le denunció por agresión sexual, lesiones, amenazas y malos tratos habituales físicos y psicológicos.

La decisión de la sección cuarta de la Audiencia, según un auto, se produce después de que la exmujer presentara un recurso al archivo de la denuncia que acordó en noviembre pasado el juzgado de violencia sobre la mujer 2 de Sevilla.

La Audiencia considera, respecto a las agresiones sexuales, que "no se aporta más prueba" que el testimonio de la denunciante, que no añade ninguna corroboración a esos hechos, y explica que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (Uvivg) califica como "indeterminado" el testimonio de la mujer respecto a su credibilidad.

Sobre las agresiones físicas denunciadas por la mujer después de que se separaran en el 2006 y que habrían ocurrido en el 2012, la Audiencia indica que "tampoco se aportan datos o corroboraciones" que permitan imputar a Jiménez, que fue lateral izquierdo del equipo sevillano y también internacional con la selección española.

En este sentido, señala que la mujer "no acudió siquiera" a un centro médico, y sobre unas lesiones en un ojo y en la mucosa labial, "dijo que se las había causado accidentalmente al golpearse con una puerta".

Después de recordar que los hijos no quisieron declarar en el procedimiento, la Audiencia señala que no puede establecerse una dinámica de malos tratos en el ámbito familiar, "aunque haya sospechas de disputas, insultos, faltas de respeto o incluso probables agresiones físicas puntuales" pero no maltrato habitual.

"Nos encontramos ante la imputación de una serie de comportamientos del denunciado que, en el caso de ser ciertos, no podrían considerarse como violencia psíquica habitual, sino como manifestación de una tensión y conflictividad en la relación de convivencia y carentes de relevancia jurídico penal de delito", concluye la Audiencia.

El abogado del entrenador, Antonio Hierro Portillo, ha mostrado su "gran satisfacción" por la resolución de la Audiencia, que considera "totalmente razonable y coherente al amparo de la prueba practicada en fase de instrucción".

En su auto, la Audiencia recoge que los mensajes telefónicos "que se dicen remitidos" por Jiménez en el 2010 y el 2011 podrían considerarse una falta de vejaciones, aunque habrían prescrito porque no fueron denunciados hasta el 2015.